#20200123MBLGTO Responsabilidad de los asesores y del contribuyente Foro 2020 Panorama Legal y Fiscal Mitos y Realidades Hotel Hotsson MBLGTO León Jueves JLRR
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Operaciones Simuladas.
Razón de Negocios.
Abren el debate sobre las operaciones simuladas. Refieren de forma general al Artículo 5A, y entra el segundo tema las razones del negocio.
Conocer los efectos de los actos y si se hubieran realizado los actos. Evaluar los beneficios económicos saber si es menor al beneficio Fiscal esperado. Saber si en realidad te es más barato el ahorro de impuestos. Si dentro del beneficio económico proviene de uno o muchos actos, si hay un beneficio Fiscal con o sin carga y si puede ser más noble el beneficio.
Si toda operación es diferida o temporal. Conocer el método de pago o se va a posponer el beneficio fiscal. Que poco a poco nos lleva a evaluar los fideicomisos fiscales. Las razones del negocio por lo tanto repercuten.
Ejemplos: la compra de flotillas y la renta, pero a otro contribuyente. Simular que se renta pero en un círculo de contribuyentes de un mismo entorno originando duda fiscal. Compra y renta de departamentos. Efectos de enajenación de conceptos que en la práctica van deteriorando una credibilidad fiscal sobre el contribuyente.
La falta de razonabilidad, rastreabilidad y materialidad, regresan tema a la razón del negocio, cubrir entre gastos y costos.
Citan el trabajo de la OCDE.
Dónde por cuestiones de mayoría en el Congreso se han tomado decisiones erróneas, caso concreto dice el ponente, se le olvidó a la 4T el trabajo internacional de la OCDE.
Hoy las recomendaciones a aplicar a UBER, AirBnB entre otras empresas de este tipo atienden a un caso de evasión fiscal Internacional, sobre las utilidades.
Sobre los asesores, evaluar sobre el secreto Profesional.
A las empresas se les evaluará por tener vulnerabilidad, relevancia y reportabilidad. Una planeación fiscal .
Casos concretos para pagos sobre posgrados, dónde lo ordinario es considerar el rubro de capacitación, pero en su reserva existe quién lo mete en previsión social, el beneficio fiscal, es lo que deberá de considerar como toma de decisión en el marco normativo empresarial.
Bromean un poco al decir que está prohibido el acoso sexual y no el acoso fiscal. Vendrá mucho tema de fiscalización, lo cual implicará capacitación y lectura.
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Mil gracias.